Para obtener o renovar la licencia (con validez para cinco años) el propietario deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

    1. Ser mayor de edad.
    2. No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad sexual y la salud pública o de narcotráfico.
    3. No estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
    4. No haber sido sancionado por infracciones ‘graves’ o ‘muy graves’ con alguna de las sanciones accesorias previstas en el apartado 3 del articulo 13 de la ley 50/1999, de 23 de diciembre.
    5. Tener suficiente capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, expedido por Centro de Reconocimiento debidamente autorizado, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto 2272/1985, de 4 de diciembre, que determina las aptitudes psico-físicas que deben poseer los conductores de vehículos, y que regula los centros de reconocimientos destinados a verificarlas.
    6. Haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a 120.000 euros.

Documentos requeridos

  • Solicitud de Licencia de Tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos en impreso normalizado.
  • Fotocopia del Documento de Identidad que acredite la mayoría de edad.
  • Acreditación de no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos. (A tal efecto el interesado suscribirá Declaración Jurada en este sentido, adjuntado a la solicitud).
  • Certificado de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias previstas en el apartado 3 del art. 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre. Dicho certificado deberá ser expedido por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid, en la Ronda de Atocha, 17-6ª planta, Madrid, (Teléfono.: 91. 420.66.57), previa solicitud por escrito del interesado al Jefe del Área de Gestión y Coordinación Agraria de esa Dirección General o autorizando expresamente a la Administración Local a solicitarlo en su nombre.
  • Certificado original de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, expedido por Centro de Reconocimiento debidamente autorizado.
  • Certificado de antecedentes penales, en los términos establecidos en la normativa vigente de aplicación en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos. Dicho certificado es expedido por el Ministerio de Justicia. Podrá solicitarlo presencialmente, por internet, por correo y a través de ventanilla única del Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Deberá aportar modelo 790 cumplimentado, acreditación de la persona que lo solicita y abonar la tasa correspondiente. Para mayor información y obtención del modelo 790, acceda a la web del Ministerio de justicia.
  • Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por tenencia de animales de compañía con una cobertura no inferior a 120.000 euros. Adjuntar, además, copia del recibo de la anualidad vigente.

En base a lo especificado en el RD 287/2002, Art. 3.1. apartado e) en el caso de que la identidad del interesado (solicitante de la licencia) no coincida con la del tomador del seguro, deberá aportar acreditación de la compañía aseguradora (o copia de las condiciones particulares de la póliza) que especifique que la póliza de seguro contratada incluye al solicitante como asegurado de la misma.

Calidad de la información

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